Cómo calcular las horas trabajadas
Para cada día, reste la hora de entrada de la hora de salida y luego reste el descanso que no le pagan, casi siempre el almuerzo. Sume los días de la semana y tendrá el total de horas trabajadas. Si le pagan cada dos semanas, cambie el periodo a dos semanas: la calculadora revisa las horas extras semana por semana, porque así las cuenta la ley.
Ejemplo (ya está llenado). Cinco días de 8:00 a. m. a 5:00 p. m. con 30 minutos de almuerzo sin pago son 8.5 horas al día y 42.5 horas en la semana. A $20 por hora, 40 horas son regulares ($800.00) y 2.5 horas son extras a $30 ($75.00). El pago bruto es $875.00.
La ley federal de normas laborales justas (FLSA) exige pagar a los empleados no exentos 1.5 veces su tarifa regular por cada hora de más de 40 en una semana laboral. No exige horas extras por día. Georgia no tiene una ley de horas extras propia y sigue la regla federal (Departamento de Trabajo de Georgia). Algunos estados tienen reglas más generosas, como horas extras diarias; consulte al departamento de trabajo de su estado.
El almuerzo solo puede ser sin pago si usted queda totalmente libre de trabajar, normalmente por 30 minutos o más. Los descansos cortos de 5 a 20 minutos cuentan como horas trabajadas y se deben pagar (29 CFR 785.19; 29 CFR 785.18). Por eso, en la columna de descanso anote solo el tiempo que no le pagan.
El resultado es el pago bruto, antes de impuestos. Para ver cuánto le queda después de los impuestos federales, el Seguro Social, Medicare y el impuesto de Georgia, use la calculadora de cheque de pago (en inglés).
Fórmula y supuestos
total de la semana = suma de las horas de cada día
horas extras = máx(0, total de la semana − 40) (regla federal)
pago bruto = horas regulares × tarifa + horas extras × tarifa × 1.5 + horas dobles × tarifa × 2
- Las horas extras se cuentan por semana laboral, también en el modo de dos semanas. 45 horas en la semana 1 y 35 en la semana 2 dan 5 horas extras, no 0.
- La opción diaria cuenta a 1.5× las horas de más de 8 en un día y a 2× las de más de 12, y después a 1.5× las horas regulares de más de 40 en la semana.
- Una salida antes de la entrada se cuenta como el día siguiente. No se redondea ninguna hora.
Preguntas frecuentes
¿Cómo calculo mis horas trabajadas?
Reste la hora de entrada de la hora de salida de cada día, reste el descanso sin pago y sume los días. Pase los minutos a decimales (30 minutos = 0.50 horas) para multiplicar por su pago por hora.
¿Me deben pagar horas extras después de 8 horas en un día?
No según la ley federal, que cuenta las horas extras solo después de 40 horas en la semana. Algunos estados sí tienen horas extras diarias.
¿Me pueden descontar el almuerzo?
Sí, si el almuerzo es de unos 30 minutos o más y usted queda totalmente libre de trabajar. Si trabaja durante el almuerzo, ese tiempo cuenta como horas trabajadas (29 CFR 785.19).
¿Se pagan los descansos de 15 minutos?
Sí. Según 29 CFR 785.18, los descansos de 5 a unos 20 minutos cuentan como horas trabajadas y se pagan.
Otras calculadoras
- Todas las calculadoras en español
- Calculadora de horas extras: Pago regular, tiempo y medio y tiempo doble de una semana
- Calculadora de horas y minutos: Horas y minutos entre dos horarios, con descanso y turnos de noche
- Convertir horas y minutos a decimal: Pase horas y minutos a horas decimales para la nómina, y al revés
- Esta calculadora en inglés
- Calculadora de cheque de pago de Georgia (en inglés): pago neto después de impuestos
Fuentes
- Georgia Department of Labor, Individuals FAQs: Fair Labor Standards Act (en inglés)
- U.S. Department of Labor, Overtime Pay (en inglés)
- 29 CFR 785.19, Meal periods (bona fide meal periods are not work time), via Cornell LII (en inglés)
- 29 CFR 785.18, Rest periods of 5 to 20 minutes are hours worked, via Cornell LII (en inglés)
- 29 CFR 778.110, Overtime for an hourly rate employee (worked example), via Cornell LII (en inglés)
Esta calculadora da estimaciones generales con los datos que usted escribe. No es asesoría legal, fiscal, de nómina ni financiera. Si cree que no le pagan lo que le corresponde, puede consultar al Departamento de Trabajo de su estado o a la División de Horas y Salarios del Departamento de Trabajo federal.